Delegación de competencias vigentes en Ayuntamiento de Serón

9.- OTORGAMIENTO DE COMPETENCIAS, SI PROCEDE, DEL PLENO A LA JUNTA  DE GOBIERNO LOCAL.

9.1.- Seguidamente por el Sr. Secretario se da cuenta, de orden de la Presidencia, de la siguiente propuesta de la Alcaldía:

“Propuesta de la Alcaldía para la Delegación de competencias del Pleno a la Junta de Gobierno Local Ayuntamiento:

Que de acuerdo con lo establecido en el Art. 51 y 53 del R.D. 2568/1986 del R.O.F.R.J. de las Corporaciones Locales por esta Alcaldía se propone que las competencias que a continuación se expresan del Pleno,  pasen a la Junta de Gobierno Local para que las ejerza por delegación:

            La aprobación de las memorias, proyectos y cualquier documento técnico que sirvan de base en los expedientes de contratación que sean competencia del Pleno.

            La adopción de los acuerdos necesarios para la tramitación, adjudicación y ejecución de los contratos municipales, dentro del ámbito la Ley de Contratos del Sector Público, así como cual quiere otro tipo de contrato, que sean competencia del Pleno y que sea delegable.

            La aprobación de Convenios o de cualquier documento que vincule al Ayuntamiento con entidades públicas o privadas, y que sean competencia del Pleno,  así como todos los actos que se deriven de los mismos que sean delegables.

            La resolución de todo tipo de reclamaciones o recursos derivados de la función recaudatoria municipal que sean competencia del Pleno.

            La resolución de cualquier escrito de particulares.

            La solicitud de todo tipo de subvenciones a entidades públicas o privadas.

            La gestión de los servicios sociales.

            La competencia sobre los contratos menores queda reservada para la  Alcaldía.

Serón, a 27 de Junio de 2.019.

EL ALCALDE

Fdo. Juan A. Lorenzo Cazorla”

El Sr. Alcalde da la palabra a la Portavoz del Grupo Municipal del P.P. la cual manifiesta su desacuerdo con la pérdida de competencias del Pleno en favor de la Junta de Gobierno Local y entiende que cada órgano debe de tener las suyas.

            El Sr. Alcalde le contesta que el Pleno conserva sus competencias más importantes intactas, que las que se delegan en la Junta de Gobierno son para dar agilidad a dicho órgano.

Sometida a votación la propuesta transcrita, el Sr. Alcalde la somete a votación con el siguiente resultado: cinco votos a favor de los Concejales del PSOE y cinco  en contra del los Concejales del P.P.

Se constata que se produce empate.

El Sr. Alcalde ordena la repetición de la votación y se obtiene el mismo resultado; el Sr. Alcalde hace uso de su voto de calidad y  se aprueba la propuesta que antecede por mayoría de cinco votos a favor  de grupo municipal del PSOE, más el voto de calidad del Alcalde y cinco votos en contra de la propuesta de los miembros de grupo municipal del P.P., habiendo asistido diez de los once Concejales que conforman legalmente el Pleno Municipal.

            10.- DAR CUENTA AL PLENO DE LAS COMPETENCIAS QUE CEDE LA ALCALDIA A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL.

10.1.- Seguidamente, de orden la Presidencia, por el Sr. Secretario se da lectura al Decreto de la Alcaldía de fecha treinta de junio de dos mil quince y que literalmente dice así:

            “DON JUAN ANTONIO LORENZO CAZORLA, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Serón.

                        DECRETO:

Por el presente y teniendo en cuenta lo establecido en al Art. 43 a 45 y 53 del R.D. 2568/1986, de 28 de Noviembre, por el que se aprueba el R.O.F.R.J. de las Administraciones Locales,  vengo en delegar las competencias titularidad de la Alcaldía, que a continuación se relacionan a la Junta de Gobierno Local:

            El conocimiento y resolución de los escritos que los vecinos  particulares dirijan al alcalde, así como el conocimiento y la resolución de las reclamaciones o recursos derivados de la función recaudatoria municipal y cuya competencia sea del mismo.

            La concesión de Licencias de obras y servicios, así como la liquidación de los tributos que de ellos se deriven. Las licencias de obras mayores se encomiendan al Pleno.

            La aprobación de las memorias, proyectos y cualquier documento técnico que sirvan de base en los expedientes de contratación que sean competencia de la Alcaldía.

            La adopción de los acuerdos necesarios para la tramitación, adjudicación y ejecución de los contratos municipales, dentro del ámbito la Ley de Contratos del Sector Público, así como cualquier otro tipo de contrato, que sean competencia de la Alcaldía y que sea delegable.

            La aprobación de Convenios o de cualquier documento que vincule al Ayuntamiento con entidades públicas o privadas, y que sean competencia de la Alcaldía,  así como todos los actos que se deriven de los mismos que sean delegables.

            La resolución de cualquier escrito de particulares.

            La solicitud de todo tipo de subvenciones a entidades públicas o privadas, incluidas las del PFEA.

            Los acuerdos necesarios para la gestión de los servicios sociales.

            La competencia sobre los contratos menores queda reservada para la  Alcaldía.

            El reconocimiento y la liquidación de todo tipo de obligaciones (facturas, certificaciones, etc.) dentro del marco de la gestión presupuestaria que sea de competencia de la Alcaldía, salvo en el caso de los contratos menores, de los que solo se dará cuenta.

            Que se dé cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre y que se publique en el B.O.P. de la provincia de Almería.

Serón, a 27 de Junio de 2.019.

EL ALCALDE

Fdo. Juan Antonio Lorenzo Cazorla”

A lo que el Pleno se da por enterado.

11.- DAR CUENTA AL PLENO DE RESPONSABLES DE AREAS.

11.1.- Así mismo, se da cuenta del Decreto de la Alcaldía, por el que se establecen los responsables de las distintas Áreas Municipales en  la siguiente forma y materias:

“DON JUAN ANTONIO LORENZO CAZORLA, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SERÓN (ALMERIA).

Decreto de la Alcaldía, por el que se establecen los responsables de las distintas Áreas Municipales en  la siguiente forma y materias:

Por el presente vengo en nombrar responsables de Áreas en la siguiente forma y materias:

-Dñª. Caridad López Martínez, para las áreas de Empleo, Turismo, Formación, Empresa, Comercio, Economía, Hacienda, Personal, Desarrollo Local, Igualdad, Residencias y Centro de Acogida.

            -D. Jorge Fernández Camenforte, para las Áreas de Obras, Servicios, Urbanismo, Mantenimiento, Seguridad Ciudadana, Eficiencia Energética y Movilidad  Sostenible.

- Dñª. Jessica Hinojo Fernández: Educación, Cultura, Juventud y Deportes.

- Dñª. Rosa María Martínez Fernández: Participación Ciudadana, Festejos, Servicios Sociales,  Salud y Mayores.

- La Alcaldía se reserva las Áreas de Hacienda, Urbanismo, Agricultura y Medio Ambiente.

                        Serón, a 27 de Junio de 2.019.

EL ALCALDE

Fdo. Juan Antonio Lorenzo Cazorla

La Corporación en Pleno se da por enterada.