Las solicitudes deberán presentarse en el Registro Electrónico Único accediendo a través de la Sede Electrónica General de la Administración

Vigente.

A partir del próximo 14 de noviembre se podrá solicitar el bono joven de alquiler en Andalucía tras la publicación en el BOJA de la convocatoria que regula las ayudas al alquiler dirigidas a jóvenes de hasta 35 años, gracias al Bono Alquiler Joven.

Esta iniciativa tiene como finalidad facilitar a las personas jóvenes con escasos recursos económicos el acceso a su residencia habitual en régimen de alquiler y favorecer su emancipación y desarrollo vital. Las ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva del Bono Alquiler Joven, les permita hacer frente al pago de su correspondiente cuota de la renta arrendaticia para el disfrute de su vivienda o habitación habituales.

Presentación de solicitudes

Las solicitudes podrán presentarse a partir del 14 de noviembre del 2022 a las 09:00 a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios.

Las solicitudes se realizarán exclusivamente de manera telemática a través de la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía (VEAJA), a la que se accede desde el Catálogo de Procedimientos y Servicios, en la que además podrá consultar toda la información relativa a la convocatoria, acceder a VEAJA para tramitar los distintos formularios en línea y hacer un seguimiento de los diferentes estados del procedimiento hasta su resolución definitiva. Dicha ventanilla se abrirá en el día y la hora señaladas.

Requisitos de las personas solicitantes

Ser persona física mayor de edad y tener hasta treinta y cinco años, incluida la edad de treinta y cinco años en el momento de solicitar la ayuda.

Poseer la nacionalidad española, o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega), y Suiza. En el caso de las personas extranjeras no comunitarios deberán hallarse en situación de estancia o residencia regular en España.

Ser titular en el momento de la solicitud de:

Un contrato de alquiler de vivienda; o tener atribuido el derecho de uso, por subrogación, convenio o sentencia de separación o divorcio, u otros títulos válidos en derecho. Podrá ser titular también de un contrato de alquiler de habitación.

Un compromiso de contrato suscrito por el arrendador y el arrendatario que recoja las condiciones esenciales del contrato a firmar caso que la persona resulte beneficiaria de la ayuda

Disponer de una fuente regular de ingresos.

No haber percibido unos ingresos anuales (referidos al último periodo impositivo vencido respecto a la fecha de solicitud considerando 14 pagas anuales):

Hasta 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para una sola persona.

Hasta 4 veces el IPREM para unidades familiares o de convivencia no unipersonales.

Cuantía de la ayuda y periodo subvencionable

El importe de la ayuda es hasta un máximo de 250 euros mensuales. La ayuda podrá tener un importe inferior al expresado en el apartado anterior en caso de ser la última a abonar antes del agotamiento del crédito presupuestario.

El período subvencionable podrá alcanzar hasta 24 meses, que han de ser naturales, completos y consecutivos.

El gasto subvencionable es la parte que corresponda hacer frente a la persona beneficiaria. No serán subvencionables las rentas derivadas de anejos a la vivienda, ni otros gastos reflejados en el contrato de alquiler (garajes, trasteros o gastos de la comunidad).

El periodo subvencionable se iniciará con carácter general en una fecha anterior a la fecha de solicitud, siendo el primer mes subvencionable enero de 2022, salvo excepciones, y en el caso de los compromisos de contrato que serán en una fecha posterior a la solicitud.

Normativa

Bases reguladoras: Orden de 3 de octubre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas al Alquiler a los Jóvenes: Bono Alquiler Joven en Andalucía. Publicadas en el BOJA número 194 de 7 de octubre de 2022.

Convocatoria: Orden de 26 de octubre de 2022, por la que se convocan ayudas al Alquiler a los Jóvenes: Bono Alquiler Joven en Andalucía. BOJA número 209 de 31 de octubre de 2022.

Para más información, las personas interesadas pueden consultar los siguientes enlaces:

​Pulse aquí para ver el manual: https://www.seron.es/Servicios/Anexos/Anexos.nsf/CBE07AAE27905354C12588EF002E48F5/$file/Manual-alquiler-bono-joven-andalucia_726_.pdf